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Premio Princesa de Asturias a los sanitarios

Princesa de Asturias
Princesa de Asturias

La labor realizada por todos los sanitarios españoles en la pandemia del Covid-19 ha sido encomiable, y así se lo han reconocido todos los españoles con sus aplausos diarios. Pero a lo anterior hay que añadir un nuevo reconocimiento, la concesión del Premio Princesa de Asturias.

Los sanitarios españoles han cumplido con creces su tarea diaria con muchísima responsabilidad y esfuerzo. Nos viene a la cabeza en estos momentos lo que ya el antiguo código deontológico pedía a los médicos, el cual entre otras cosas decía:

Los médicos y cirujanos están obligados a desempeñar los deberes que les imponen sus respectivos títulos, con la precisión, moralidad, exactitud y decoro que exige el sagrado objeto de su ministerio”.

Cuando algún profesor de Medicina o Cirugía observase que en el pueblo de su residencia existen causas topográficas capaces de producir enfermedades, o viese en su práctica indicios o la existencia de alguna enfermedad endémica, epidémica o contagiosa, lo pondrá inmediatamente en conocimiento de las autoridades civiles y facultativas del distrito, expresando los medios convenientes para evitar sus consecuencias.”

El citado Código Deontológico español vio la luz el 17 de Junio de 1846 bajo el título siguiente: “Reglas de Moralidad Médica“.

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(Editado por la Dra. Moya Guirao)

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Reglas de Moralidad Médica en España

¿ Cuándo se publicó el primer Código Deontológico en España ?

El 17 de Junio de 1846 la Junta Suprema de Sanidad de España publicó una Circular con un conjunto de reglas éticas, denominadas “Reglas de Moralidad Médica“, que debían regir la conducta del médico en el ejercicio de su profesión.

Este Código Deontológico estaba en la linea del Juramento Hipocrático o la Plegaria de Maimónides, y se anticipaba en un siglo a la Declaración de Ginebra (1948) y al Código de Londres (1949).

Estas Reglas de Moralidad Médica las resumiríamos en lo siguiente :

Los médicos y cirujanos están obligados a desempeñar los deberes que les imponen sus respectivos títulos, con la precisión, moralidad, exactitud y decoro que exige el sagrado objeto de su ministerio.

Ningún profesor de Medicina o Cirugía podrá entrometerse a visitar enfermo alguno a cargo de otro, a no ser de acuerdo con éste o que fuese elegido por los interesados, después de haberse enterado del estado del paciente por medio de una Junta.

Solo a los profesores es lícito, según sus respectivos títulos, hacer el uso oportuno del magnetismo animal.

Profresor alguno de Medicina ni de Cirugía puede administrar por sí medicamentos, sino prescribirlos por receta escrita en términos claros y precisos, en latín o castellano, de modo que pueda ser despachada por cualquier farmacéutico. Se expresará en ella el modo de usarla y la fecha, para evitar equivocaciones y abusos.

Se prohibe el uso, aplicación y venta de todo remedio secreto, tanto a los facultativos como a los que no lo son, en los términos que prescriben las leyes y bajo las penas que imponen.

Siempre que los profesores de medicina o Cirugía tengan que recetar bajo alguna fórmula que no esté expresada en la Farmacopea española, están obligados a dar conocimiento de ella al farmacéutico, si éste lo exige, de palabra o por escrito.

Cuando algún profesor de Medicina o Cirugía observase que en el pueblo de su residencia existen causas topográficas capaces de producir enfermedades, o viese en su práctica indicios o la existencia de alguna enfermedad endémica, epidémica o contagiosa, lo pondrá inmediatamente en conocimiento de las autoridades civiles y facultativas del distrito, expresando los medios convenientes para evitar sus consecuencias“.

 

(Editado por la Dra. Moya Guirao)

 

Reglas de Moralidad

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Declaración de Ginebra o Código Deontológico de la OMS

La “Declaración de Ginebra” es un Código Código Deontológico que fue aprobado por la Asamblea General de la Asociación Médica Mundial (OMS) en 1848, y refrendado en Sidney en 1968. La Declaración de Ginebra o Código Deontológico Médico de la OMS dice así:

” Como médico :

Prometo solemnemente consagrar mi vida al servicio de la humanidad.

Otorgar a mis maestros los respetos, gratitud y consideraciones que merecen.

Ejercer mi profesión dignamente y a conciencia.

Velar solícitamente, y ante todo, por la salud de mi paciente.

Guardar y respetar los secretos a mi confiados.

Mantener incólume, por todos conceptos y medios a mi alcance, el honor y las nobles tradiciones de la profesión médica.

Considerar como hermanos a mis colegas.

Hacer caso omiso de credos políticos y religiosos, nacionalidades, razas y rangos sociales, evitando que estos se interpongan entre mis servicios profesionales y mi paciente.

Velar con sumo interés y respeto por la vida humana, desde el momento de la concepción, y aun bajo amenaza, no emplear mis conocimientos médicos para contravenir las leyes humanas.

Solemne y espontáneamente, bajo mi palabra de honor, prometo cumplir lo antedicho “.

Además del anterior, la OMS adoptó en la Tercera Asamblea de la Asociación Médica Mundial el denominado Código de Londres.

Estos Códigos de Deodontología Médica de la OMS tiene sus antecedentes más lejanos en el  Juramento Hipocrático.

 

 

(Editado por la Dra. Moya Guirao)

Declaración de Ginebra

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Código de Londres (1ª parte)

¿ Qué dice el Código de Londres ?

Siguiendo con el capítulo que estamos dedicando a la Ética en Psicología y Medicina exponemos hoy el denominado “Código de Londres” adoptado en esta ciudad en 1949 por la Asociación Médica Mundial (OMS) en su  III Asamblea General.

El Código de Londres, que es un código de Deodontología Médica, consta de tres partes, la primera que hace referencia a los deberes de los médicos en general, la segunda que trata de los deberes de los médicos hacia sus enfermos y la tercera que se ocupa de los deberes de los médicos entre sí.

El artículo de hoy estará dedicado a la primera de ellas, dejando las dos restantes para un próximo “post”.

DEBERES DE LOS MÉDICOS EN GENERAL

Al llevar a cabo su misión humanitaría, el médico debe mantener siempre una conducta moral ejemplar y apoyar los imperativos de su profesión hacia el individuo y la sociedad.

El médico no debe dejarse influenciar por motivos de ganancia meramente.

Las siguientes prácticas son consideradas no éticas :

a) Cualquier medio de reclamo o publicidad excepto aquellos expresamente autorizados por el uso y la costumbre y el código de ética médica nacional.

b) Participar en un plan de asistencia médica en el cual el médico carezca de independencia profesional.

c) Recibir cualquier pago en conexión con servicios, fuera del pago profesional, aúnque sea con el conocimiento del paciente.

Todo procedimiento que pueda debilitar la resistencia física o mental de un ser humano, está prohibido, a menos que deba ser empleado en beneficio del interés propio del individuo.

Se aconseja al médico obrar con suma cautela al divulgar descubrimientos o técnicas nuevas de tratamiento.

El médico debe certificar o declarar unicamente lo que él ha verificado personalmente.

(*) Continua en la parte II
(Editado por la Dra. Moya Guirao)

Código de Londres

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Código de Londres (2ª parte)

Continuamos la exposición del Código de Londres (2ª parte), Código Deontológico Médico, publicada hace unos días. Hoy nos ocuparemos de las dos últimas partes del mismo.

DEBERES DE LOS MÉDICOS HACIA LOS ENFERMOS

El médico debe recordar siempre la obligación de preservar la vida humana.

El médico debe a su paciente todos los recursos de su ciencia y toda su devoción. Cuando un examen o tratamiento sobrepase su capacidad, el médico debe llamar a otro médico cualificado en la materia.

El médico debe preservar absoluto secreto en todo lo que se le haya confiado o que él sepa por medio de una confidencia.

El médico debe proporcionar el cuidado médico en caso de urgencia como un deber humanitario, a menos que esté seguro de que otros médicos pueden brindar tal cuidado.

DEBERES DE LOS MÉDICOS ENTRE SÍ

El médico debe comportarse hacia sus colegas como el desearía que aquellos se comportasen con él.

El médico no debe atraerse hacia sí los pacientes de sus colegas.

El médico debe observar los principios de la “Declaración de Ginebra“, aprobada por la Asociación Médica Mundial.

El Código de Londres está en la línea de otros códigos deontológicos médicos más antiguos, como el Juramento Hipocrático, de Hipócrates, y la Plegaria de Maimónides.

 

(Editado por la Dra. Moya Guirao)

Código de Londres

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Biografía de Maimónides

¿ Quién es Maimónides ?

Maimónides (1135-1204) fue un médico judío cordobés muy famoso en su tiempo. Trabajó, además de en la península ibérica, en Egipto y en la actual Siria.
Maimónides escribió un interesante libro titulado “Guía para perplejos” donde exponía una serie de principios psicológicos, adelantándose en varios siglos a teorías actuales.

Tanto el Juramento Hipocrático como la Plegaria de Maimónides, aún  correspondiendo a lugares y épocas distintas, han inspirado la conducta de los médicos y han influido en las diversas normativas referentes al ejercicio de la profesión médica en muchos países.

 

(Editado por la Dra. Moya Guirao)

 

"Retrato de Maimónides"

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Hipócrates y el Corpus Hippocraticum

¿ Quién fue Hipocrátes ?

Hipócrates fue un médico griego que nació en la isla de Cos, en el año 460 A.C. y que es considerado el padre de la medicina.

Los escritos de Hipócrates, recopilados en Alejandría en el siglo III antes de C., son un conjunto de libros denominados el Corpus Hippocraticum. Actualmente se piensa que no todos los escribió él.

Los libros del Corpus Hippocraticum atribuidos a Hipócrates que han llegado hasta nosotros son los siguientes:

De la antigua Medicina,

Pronóstico,

Aforismos,

Aires, aguas y lugares,

Articulaciones, fracturas, heridas de la cabeza e instrumentos de reducción.

El Juramento Hipocrático, base de los modernos Códigos Deontológicos Médicos, pertenece a este eminente médico de la antigua Grecia, el cual ha sido un referente durante generaciones.

Hipócrates fue también el primer médico que señalo la importancia de la observación y de la experiencia, alejándose así de creencias mágicas y de ciertas supersticiones.

(Editado por la Dra. Moya Guirao)

"Hipócrates"

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El Juramento Hipocrático

El Juramento Hipocrático comienza así: Juro por Apolo médico, por Asclepio, por Higia, por Panacea y por todos los dioses y diosas,

Pregunta : Por favor, ¿ puede decirme en que consiste el Juramento Hipocrático ?

Respuesta : El Juramento Hipocrático tiene su origen en Hipócrates, médico griego considerado el padre de la medicina. Este juramento hace referencia a una serie de normas o principios éticos que el médico jura respetar.

Antiguamente en nuestro país se hacía una bonita ceremonia en la cual los nuevos médicos al graduarse realizaban el “juramento”. Aunque ya no suele realizarse este ritual, médicos y psicólogos estamos obligados a una buena “praxis” y al cumplimiento de ciertos preceptos.

El Juramento Hipocrático ha servido de base e inspiración para otros códigos deontológicos como por ejemplo, la Declaración de Ginebra o Código Deontológico de la OMS (Organización Mundial de la Salud).

Dado su interés por la Ética Psiquiátrica y Psicológica, usted puede consultar el Juramento Hipocrático y otros códigos en nuestra web. Podrá encontrarlos al final de este artículo en el apartado “Entradas Relacionadas“; para acceder a los mismos pinche en el título correspondiente.

Finalmente decirle que puede encontrar la totalidad del Juramento Hipocrático editado por nosotros en el enlace siguiente:

Juramento Hipocrático

(Editado por la Dra. Moya Guirao)

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